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No residentes en el país – Extranjeros Ingresantes

Inscripción por Sistemas de CUPOS (Resolución Ministerial Nº 1523/90):

  • El interesado debe dirigirse a la Embajada o Consulado Argentino en su país y realizar los trámites pertinentes a fin de obtener dicho cupo.
  • Los aspirantes deberán presentarse en esta Universidad directamente el día de inicio del ciclo de nivelación.
  • La no presentación en tiempo y forma anula el cupo adjudicado, siendo éste
  • En el momento de la inscripción en el Departamento de Alumnos, el interesado deberá acompañar:
    1. el pasaporte, o el bien documento de identidad aquellos ciudadanos de países que no requieren pasaporte para ingresar a Argentina (fotocopia certificada por escribano público argentino)
    2. la constancia de obtención del cupo,
    3. el certificado analítico de calificaciones de sus estudios completos de nivel medio legalizado por Ministerio de Educación y el de Relaciones Exteriores del país de origen y por Embajada o Consulado Argentino en el país de origen; ésta última legalización puede suplirse por la Apostilla de la Haya, si el país de origen ha adherido a la Convención. (fotocopia certificada por escribano público argentino)
    4. todos los documentos antes mencionados deben estar traducidos, en su caso, por traductor público matriculado en Argentina,
    5. la constancia de notificación y compromiso ante la Secretaría de Asuntos Académicos que será archivada en el legajo del
  • El interesado deberá someterse a los requisitos académicos exigidos por la Universidad ya que el cupo NO garantiza el ingreso.
  • El interesado que ingrese por este sistema está exceptuado de convalidar o rendir las equivalencias de sus estudios de nivel medio realizados en el país de origen.
  • El aspirante podrá ingresar al país con visa turista y comprometerse a regularizar su situación migratoria respondiendo a la normativa vigente en la materia y en los plazos previstos por cada Unidad Académica; de lo contrario, no podrá continuar desarrollando su actividad académica.
  • El aspirante deberá completar la carrera en el término máximo dado por la duración establecida en el plan de estudios con un adicional de dos años y, para carreras cortas, con un adicional de un año más de lo estipulado en su plan de Una vez egresado no queda habilitado para ejercer en Argentina (Art. 10º y Art 12º de la Res. Ministerial nº 1523/90).
Aquellos interesados no hispanoparlantes en el momento de la inscripción deberán presentar CELU – Certificado Lengua y uso español- aprobado con nivel intermedio o superior (Res. HCS 1490/10).