Respecto a seres humanos:
El propósito primordial del COENOBA es contribuir a resguardar la dignidad, los derechos, la seguridad y el bienestar de los voluntarios sanos o enfermos que participan en los estudios que aprueba. Se presta especial atención a los estudios que puedan involucrar a personas vulnerables. Proporcionar una evaluación independiente, competente y oportuna de los aspectos éticos y metodológicos de los estudios propuestos, asegurándose que la investigación se fundamente sobre el último estado del conocimiento científico. Asegurar que los resultados de la investigación sean previsiblemente útiles para los grupos de similares características, edad o enfermedad, a los que pertenezcan los voluntarios.
El COENOBA adopta como marco universal de principios: los principios éticos contemplados en la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial 1964 y sus enmiendas; las Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Biomédica en Seres Humanos establecidas por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas” (CIOMS 2002); las “Pautas Internacionales para la Evaluación Ética de los Estudios Epidemiológicos establecidas por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas” (CIOMS 2009); la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos” aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 19 de Octubre de 2005,
las “Guías operacionales para Comités de ética que evalúan investigación biomédica OMS 2000)”; la “Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos” aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 16 de Octubre de 2003; el Documento de las Américas sobre Buenas Prácticas Clínicas”, (OPS, República Dominicana, 4/03/205); las Guías de Buenas Prácticas de la Conferencia Internacional en seres Humanos” aprobada por Resolución 1490/2007 del Ministerio de Salud de la Nación, la ley 11044/1990 de la Provincia de Buenos Aires, y el decreto reglamentario, la Resolución 1480/2011: Guía para Investigaciones con Seres Humanos. Objetivos del Misterio de Salud de la Nación, así como las resoluciones emanadas por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires acerca de la investigación clínica, la ley 3301/2009 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre protección de derechos de sujetos de investigación en salud y su decreto reglamentario: y las normas emitidas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y por el Instituto Nacional Central único Coordinador de Ablación e implantes (INCUCAI), Ministerio de Salud de la Nación; la Ley Nacional 25236 de protección de datos Personales” y normas relacionadas a la protección de datos personales en investigación emanadas de la Dirección de Protección de Datos Personales , Ministerio de Justicia de la Nación, entre otras.
Los estándares éticos y científicos para llevar a cabo investigación biomédica en humanos han sido desarrollados y establecidos en guías internacionales, incluyendo la Declaración de Helsinki, las guías éticas Internacionales para Investigación Biomédica que involucra a Humanos, del CIOMS y de la OMS y las Guías de Buenas Prácticas Clínicas.
El COENOBA se compromete a cumplir con estas guías ayudando a que se promuevan la dignidad, derechos, seguridad y bienestar de los participantes en la investigación y que los resultados de las investigaciones sean creíbles y útiles.-
El COENOBA actúa en el completo interés de los participantes potenciales de la investigación y de las
comunidades involucradas, tomando en cuenta los intereses y las necesidades de los investigadores, así como los requerimientos de agencias reguladoras y leyes aplicables.
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